El pasado 21 de abril entró en vigor el Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los Equipos de Protección Individual (EPI)y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo (traspuesta al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 1407/1992). El objeto del reglamento es garantizar la protección de la seguridad y salud de los usuarios y establecer normas relativas a la libre circulación de los EPI en la Unión Europea.
Esta nueva legislación presenta cambios que tienen una repercusión directa en los requisitos que deben cumplir los EPI para poder ser comercializados y puestos a disposición de los usuarios garantizando su seguridad y salud. Al ser un reglamento europeo no necesita trasposición y su aplicación es directa. No obstante, el propio texto legal plantea un periodo transitorio que es importante conocer y comprender.
El Real Decreto 773/1997, que establece los requisitos para la selección, uso, cuidado y mantenimiento de los EPI en el lugar de trabajo, indica en su artículo 5 que los equipos suministrados deben cumplir con la legislación que les aplique en lo relativo a su diseño y comercialización, lo cual implicará en la mayoría de los casos cumplir con el reglamento. Por lo tanto, sólo un conocimiento de lo que implica el reglamento nos permitirá la correcta aplicación de la legislación laboral en materia de EPI.
El objetivo de la jornada técnica es, por tanto, presentar las novedades que contiene el reglamento y analizar su repercusión para los responsables de la selección y suministro de EPI en el lugar de trabajo, los operadores económicos de la cadena de distribución (fabricantes, importadores y distribuidores) y autoridades competentes.
Para mayor información e inscripciones: http://www.insht.es/portal/site/Insht/menuitem.1f1a3bc79ab34c578c2e8884060961ca/?vgnextoid=469adee992283610VgnVCM1000008130110aRCRD&vgnextchannel=25d44a7f8a651110VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD