_x000D_ El viernes 24 de marzo el BOE publicaba de Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, que regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.
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_x000D_ Aunque la norma tiene efectos desde el 1 de enero, para la campaña de este año, referida a lo sucedido en 2016, rige la norma previa. Esto supone que la simplificación que introduce la nueva normativa, no se aplique hasta el año próximo. Además, la campaña de este año inicia de nuevo el 15 de abril, para concluir el 30 de mayo, sin que se prevea que se pueda ampliar el plazo.
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_x000D_ Respecto a la nueva norma, simplifica y mucho la solicitud. A modo de resumen indico los puntos más interesantes:
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_x000D_ – La norma establece los requisitos y el procedimiento para solicitar la reducción de las cuotas a la Seguridad Social por contingencias profesionales desde un 5 a un 10%.
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_x000D_ – El 10% se concede "si existe inversión en prevención de riesgos laborales", estableciéndose en este último caso un límite máximo coincidente con el importe de la inversión realizada. Se elimina por tanto el requisito previo según el cual, para obtener el 10% se tenía que haber obtenido la reducción de cuotas el año previo.
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_x000D_ – Se simplifica, agiliza y dota de mayor seguridad jurídica el procedimiento de incentivos que regulaba el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, ya derogado.
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_x000D_ – Se sustituyen obligaciones de fondo y forma que hasta ahora se exigían (como la realización de inversiones), por una declaración responsable emitida por la empresa.
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_x000D_ La nueva norma persigue en su formulación dos objetivos fundamentales:
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_x000D_ 1.- Incentivar que las empresas adopten medidas y procesos que mejoren la prevención de riesgos laborales y reduzcan las contingencias profesionales de la Seguridad Social.
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_x000D_ 2.- Agilizar y simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono de la reducción de cuotas, para lo cual se reduce considerablemente la carga administrativa para las empresas.
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_x000D_ Para acceder al texto completo, pulsar en el siguiente link: http://www.expansion.com/blogs/sagardoy/2017/04/06/si-ha-hecho-los-deberes-en-materia-de.html
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